Nueva ley prohíbe sacar pesos convertibles del país
El Gobierno ha prohibido a las personas naturales sacar pesos convertibles (CUC) del país, según una “actualización y flexibilización de las normas” anunciada este lunes por el Banco Central (BCC).
Una ley de 1999 permitía la exportación de hasta 200 CUC.
Las medidas entraron en vigor el pasado 17 de marzo, al publicarse en la Gaceta Oficial las resoluciones 17 y 18 del 2012 emitidas por el ministro presidente del BCC, Ernesto Medina Villaveirán, informó la agencia oficial Prensa Latina.
Según las normativas jurídicas, “la importación de moneda libremente convertible (MLC) por personas naturales es libre, en efectivo, cheques u otros medios de pago utilizados en la práctica bancaria internacional”.
Quienes a su entrada al territorio nacional porten una cantidad superior a los 5.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC en efectivo, están obligados a declararlo ante los funcionarios de la Aduana General de la República.
A su salida del país, las personas naturales pueden exportar libremente hasta 5.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC en efectivo o mediante cheques u otros medios de pago utilizados en la práctica bancaria internacional.
Entre otras disposiciones, las resoluciones disponen que los extranjeros residentes temporales en el país, con permiso de trabajo e ingresos en MLC, podrán remesar vía bancaria ese tipo de moneda al exterior.
Las normativas también autorizan a los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y a los extranjeros residentes permanentes, a exportar e importar a su salida o entrada a Cuba sumas que no excedan los 2.000 pesos cubanos (CUP) de curso legal, en efectivo y en cualquier denominación.
Lucha contra la corrupción
El Banco Central de Cuba también ordenó que todas las entidades estatales confirmen trimestralmente a los bancos su conformidad con los estados de sus cuentas bancarias, con el fin de prevenir hechos de corrupción, informa AFP.
“Las entidades estatales (…) confirmarán trimestralmente a los bancos los estados de sus cuentas bancarias mediante la emisión de un certificado expedido por el jefe máximo y el contador”, dice la resolución 19/2012, fechada el 17 de marzo y publicada este lunes en la Gaceta.
Según la Gaceta, esta norma, que también deberán acatar las “sociedades mercantiles de capital 100% cubano”, “representa un mecanismo para detectar malos manejos de los recursos monetarios y síntomas de corrupción”.
Las entidades públicas y sociedades mercantiles tendrán que enviar a los bancos un documento que certifique que “todas las operaciones bancarias se corresponden con las transacciones realizadas durante el trimestre”.