Nuevas regulaciones para el trabajo por cuenta propia

El gobierno cubano permitirá nuevos restaurantes, casas de huéspedes y empresas de transporte a partir del 7 de diciembre, con lo que reabrirá los sectores más vibrantes de la economía privada en la Isla, después de haber congelado su crecimiento durante casi un año.

Las autoridades dieron a conocer un conjunto de nuevas regulaciones destinadas a controlar las actividades y el crecimiento del trabajo privado –llamado oficialmente “por cuenta propia”–, y los ingresos fiscales derivados de ellas.

El establecimiento de restaurantes privados y casas de huéspedes se disparó después de que la normalización de relaciones entre Estados Unidos y Cuba en 2014 impulsara un rápido crecimiento del turismo hacia Cuba.ElKentubano Carretilleros

Sin embargo, también se dispararon la evasión fiscal y la compra de materiales estatales robados en el sector de la hostelería privada, que en su mayor parte se basa en el dinero en efectivo.

Cuba congeló la emisión de nuevas licencias para restaurantes, posadas y otros negocios clave en agosto de 2017.

Lo normado

Las nuevas normas, decretos y resoluciones complementarias aparecen publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 35, en la que “no desaparece ninguna actividad”, aunque varias de ellas se agrupan en una misma categoría, según explicó la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó.

La vicetitular cubana dijo que 96 de las actividades autorizadas ya existentes pasan a agruparse en 28, por lo que las 201 que aparecían anteriormente se convierten ahora en 123.

Sin embargo, no se otorgarán más licencias de:

– vendedor mayorista de productos agropecuarios

– vendedor minorista de productos agropecuarios

– carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria

– comprador vendedor de discos

– operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos)

Ello se debe, según Feitó, a que “en tales actividades se han detectado hechos constitutivos de delitos”, cita la Agencia Cubana de Noticias (ACN). Aunque, se aclara que quienes ya han sido autorizados pueden continuar desarrollándolas.

Entre las medidas aparece que los trabajadores privados solo podrán ejercer una sola actividad, y para solicitar el permiso deberán entregar por escrito la descripción del negocio deseado y el lugar a establecerse, además de declarar en determinados casos la fuente de financiamiento, entre otros requisitos.

Los negocios privados relacionados con los servicios gastronómicos, arrendamiento de viviendas, servicios constructivos y el transporte en La Habana, deben realizar sus principales operaciones monetarias a través de cuentas bancarias fiscales.

En el caso de la gastronomía, aparecen nuevas actividades como la de “bar y recreación”, diferenciada de la de “restuarante”, y la de panadero-dulcero, aunque se especifica que no se autorizará a ejercer en un mismo domicilio más de una actividad de esta naturaleza.

Por su parte, los arrendatarios de viviendas, habitaciones y espacios podrán brindar servicio de alimentación, y arrendar a personas jurídicas.

Además, los titulares de un negocio que viajen al extranjero o deban ausentarse por otra causa, podrán nombrar a un representante entre sus trabajadores contratados.

La viceministra de Trabajo y Seguridad Social también explicó que luego de la entrada en vigor de las normas los trabajadores privados tendrán hasta 90 días “para ajustar su negocio a lo indicado”, y que antes de esa fecha serán capacitados al igual que “los representantes de los organismos involucrados en este proceso”.

Otras normativas, también el transporte

Las nuevas regulaciones establecen que las autoridades de cada provincia serán las encargadas de autorizar las licencias de actividades estratégicas como los servicios gastronómicos y restaurantes, de bar y recreación, y arrendador de viviendas, y podrán limitar los precios y tarifas de los trabajadores privados “cuando las circunstancias lo aconsejen, teniendo en cuenta las características del territorio”.

Los trabajadores privados podrán contratar servicios artísticos, o usar medios audiovisuales o servicios artísticos en vivo o grabados, pero “deben realizar la contratación que corresponda”. Además, tendrán que respetar los niveles sonoros normados, y “presentar contenidos que hagan un uso impropio de los símbolos patrios, sean sexistas, discriminatorios o incluyan pornografía”.

Los profesores de música y otras artes, taquigrafía, mecanografía e idiomas, repasadores e instructores de práctica deportiva no pueden constituir escuelas y academias. Tampoco podrán contratar a otros profesores o instructores, ni organizar eventos “con o sin carácter competitivo”.

No se autorizan las agencias inmobiliarias. Quien esté autorizado como “facilitador de permutas y compraventa de viviendas” tampoco incluye en su perfil la administración y cuidado de viviendas, la contratación de trabajadores, ni la presentación de documentos legales ante las autoridades competentes.

Aparece el “arrendador de medios de transporte” como una nueva figura autorizada, en tanto a quienes posean licencia como transportistas de pasajeros se le exigirá como requisito un carné de conducir válido y se le limitará el alcance territorial. En el caso de los ómnibus, camionetas o camiones, el conductor debe tener como mínimo tres años de experiencia, acreditados por un empresa u otra persona jurídica.

En el caso de los taxis privados, se implementa una nueva clasificación: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico, los cuales son excluyentes entre sí.

La licencia para transporte de pasajeros y carga, y la de arrendador de medios de transporte, deberá renovarse anualmente.

Adecuaciones tributarias

Las normas anunciadas este martes, y que entrarán en vigor el 7 de diciembre, conllevan “adecuaciones tributarias” para el trabajo privado en Cuba.

De acuerdo con Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios de la Isla, citado por la ACN, “los ajustes permanecen dentro de los límites de la carga impositiva aprobada para este sector (entre un 25 y un 35 por ciento)”.

Reguerio explicó que de las 28 actividades surgidas de la integración de otras, “14 deberán realizar un pago mensual de impuestos y una Declaración Jurada al finalizar el año, mientras la otra mitad se regirá por la modalidad más sencilla, con cuotas consolidadas”.

Dijo que que “teniendo en cuenta que en La Habana hay mayores niveles de rendimientos”, las cuotas mínimas a pagar se incrementaron en 41 actividades, mientras que en el resto de la Isla serán 20 las actividades que sufrirán un alza. En un 63 por ciento de los casos, serán “aumentos moderados” entre cinco a 40 pesos, en tanto en el dos por ciento será entre 100 a 300 pesos.

Por su parte, en 39 actividades se reducirá la cuota mínima, de ellas solo 22 en la capital.

Además, se elimina la exoneración de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores. Según Regueiro, los jefes de negocios deberán pagar por la utilización de toda la fuerza de trabajo contratada, con un tipo impositivo del cinco por ciento, “que se aplicará de forma progresiva según el número de empleados y en correspondencia al salario medio mensual de la provincia donde opere”.

Esta medida abarca “todas las formas de gestión no estatal”, incluyendo a los artistas y creadores y las cooperativas no agropecuarias.

No obstante, aclaró que aunque se incrementen la cuota tributaria del titular, sus empleados “mantendrán su actual contribución, excepto los nuevos ingresos”.

Ante posibles infracciones, las nuevas regulaciones contemplan un cuerpo legal con medidas de “mayor severidad”, que van desde notificaciones preventivas y multas a la suspensión de la autorización hasta por dos años, el decomiso o la cancelación definitiva de la licencia para ejercer el trabajo privado.

Fuente: periodicocubano.com (TOMADO de OnCuba)

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